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Sucesión con Unión Marital de Hecho en Colombia



En el caso, en el que la persona que falleció no estuviera casado, pero tuviera una pareja, compañera o compañero con la que viviera de forma permanente y hubieran Constituido Unión Marital de Hecho

En el caso, en el que la persona que falleció no estuviera casado, pero tuviera una pareja, compañera o compañero con la que viviera de forma permanente y hubieran Constituido Unión Marital de Hecho, por cualquiera de los siguientes mecanismos:


1. Por escritura pública ante notario.


2. Por acta de conciliación suscrita por los compañeros permanentes ante conciliador.


3. Por sentencia judicial.


La compañera o compañero permanente tendrá, derecho a la porción del patrimonio de la persona difunta, que la ley le asigna al cónyuge sobreviviente.

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